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Matrimonio Infantil: Una Forma de Trata de Personas



El matrimonio infantil y las uniones tempranas no solo constituyen una grave violación de los derechos humanos, sino que también son formas de explotación sexual y humana. En Colombia, esta práctica sigue siendo legal bajo ciertas condiciones, perpetuando un ciclo de violencia y sometimiento para miles de niñas.

Freedom United, una organización internacional que lucha contra la explotación humana utiliza estos indicadores para determinar cuándo el matrimonio infantil constituye esclavitud:


Un niño no ha dado genuinamente su consentimiento libre e informado, por ejemplo, en matrimonio contra su voluntad.
Un niño es sometido a control o sentido de “propiedad” a través del abuso y amenazas, y es explotado para su trabajo y/o actividad sexual no consensuada una vez en el matrimonio.
La incapacidad de un niño de dejar un matrimonio en el que ya no desea permanecer.
Cuanto más joven es un niño, menos control tiene para dar su libre consentimiento al matrimonio y más vulnerable es a la esclavitud.

Recientemente, el senador Humberto de la Calle, en una intervención en el Congreso en el marco de la discusión de la ley que erradicaría el matrimonio infantil, propuso modificar la legislación actual añadiendo requisitos como el consentimiento de los padres y la autorización del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o la comisaría de familia. Esta propuesta, lejos de erradicar el problema, solo complicaría el proceso legal, desgastando recursos públicos y perpetuando una práctica que debería ser abolida por completo, especialmente cuando parece servir principalmente al placer masculino y a intereses patriarcales que ven a las niñas como objetos de transacción más que como seres humanos con derechos.


Es fundamental mencionar la situación en las comunidades indígenas, como la Wayuu, donde el matrimonio infantil es preocupantemente común. Si bien respetamos la autonomía de las comunidades indígenas, es crucial proteger a las niñas de cargas ancestrales que comprometen su libertad y futuro.

Según Exodus Road, antes de que el matrimonio forzado fuera clasificado como trata de personas, las Naciones Unidas lo consideraban una forma de esclavitud. La Convención sobre la Esclavitud de 1926 define la esclavitud como “el estado o condición de una persona sobre la cual se ejercen cualquiera o todos los poderes inherentes al derecho de propiedad”. En 1956, la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud afirmó que aún existían instituciones similares a la esclavitud, incluyendo la servidumbre por deudas, la servidumbre y el matrimonio infantil, especialmente llamando a: “Toda institución o práctica por la cual un niño o joven menor de 18 años es entregado por uno o ambos de sus padres naturales o por su tutor a otra persona, ya sea a cambio de una recompensa o no, con miras a la explotación del niño o joven o de su trabajo”.


Por lo tanto, la convención de 1956 amplió nuestra comprensión de lo que es la esclavitud moderna para incluir el matrimonio infantil, en el que un padre entrega un niño a otra persona para su explotación o trabajo. El Protocolo, adoptado por las Naciones Unidas en noviembre de 2000, fue el primer instrumento jurídicamente vinculante con una definición de trata de personas reconocida internacionalmente. El matrimonio forzado es trata de personas según la definición del Protocolo porque da como resultado que una persona tenga control sobre otra persona con fines de explotación, que puede incluir explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas similares a la esclavitud o la servidumbre.


La definición de trata de personas del Protocolo satisface la definición de esclavitud, que incluye el matrimonio forzado. Además, la definición es aún más amplia cuando se trata de niños. Poseer un niño con fines de explotación se considera trata de personas, punto. Un niño dentro de este contexto es cualquier persona menor de 18 años. Por lo tanto, el matrimonio forzado es trata de personas.


Claudia Quintero, representante legal de la Fundación Empodérame, una organización dedicada a la defensa de los derechos humanos, en especial de mujeres y niñas, enfatiza: "Es inconcebible que, en el siglo XXI, nuestras niñas, en lugar de estar en la escuela construyendo su futuro, estén siendo forzadas a casarse con hombres mayores. Estos matrimonios ocultan mundos de violencia, exclusión y sometimiento."



La Fundación Empodérame está apoyando activamente el proyecto de ley 297 de 2024, que busca prohibir el matrimonio infantil en Colombia. Este proyecto se está discutiendo actualmente en la Comisión del Congreso y su aprobación es indispensable para garantizar un futuro libre y seguro para todas las niñas en nuestro país.


Hacemos un llamado a la sociedad civil, a organizaciones y a todos los ciudadanos para que se unan a esta causa. Las niñas de Colombia merecen vivir una niñez en libertad, sin el peso de matrimonios forzados que destruyen sus sueños y potencial.


Para seguir combatiendo el matrimonio infantil y apoyar a las niñas que escapan de estas relaciones coercitivas, tu ayuda es fundamental. Dona hoy a la Fundación Empodérame. Trabajamos directamente con grupos de niñas, brindando apoyo psicológico y educativo necesario para ayudarlas a reconstruir sus vidas y asegurar su futuro. Juntos, podemos hacer una diferencia en la lucha contra esta forma de trata de personas. Visita nuestro sitio web y contribuye a esta causa vital

 

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