Cali, 13 de septiembre de 2024
La Sentencia T-365 de 2024 Resalta el Reconocimiento de la Agencia Oficiosa de Defensoras de Derechos Humanos No Abogadas y el Principio Feminista de Solidaridad en Colombia
La Fundación Empodérame celebra el reconocimiento que la Corte Constitucional ha otorgado a las defensoras de derechos humanos no abogadas en la Sentencia T-365 de 2024, y cómo este fallo refuerza el principio feminista de solidaridad. Este fallo destaca el papel fundamental que estas defensoras desempeñan en la representación de víctimas de trata de personas y otras situaciones de extrema vulnerabilidad en Colombia. La sentencia valida la agencia oficiosa de personas que, sin ser abogadas, actúan como representantes legales de víctimas excluidas del sistema formal de justicia.
En el caso de Carolina*, representada por Claudia Quintero, defensora de derechos humanos y directora de la Fundación Empodérame, la Corte Constitucional sostuvo que, "aunque Claudia Quintero no es abogada, su actuación en calidad de agente oficiosa responde a las circunstancias de especial vulnerabilidad de la señora Carolina*, y en virtud del principio de solidaridad, dicha representación resulta válida para garantizar la protección de sus derechos fundamentales" (Sentencia T-365 de 2024).
El Principio Feminista de Solidaridad como Motor de la Justicia
El principio de solidaridad, profundamente arraigado en la lucha feminista, implica que las mujeres se apoyen mutuamente para enfrentar las desigualdades y violaciones a sus derechos. En esta sentencia, la Corte reconoce que la solidaridad feminista va más allá de la asistencia técnica o legal formal, permitiendo que las mujeres, desde sus realidades y con las herramientas a su disposición, acompañen y representen a otras mujeres en condiciones de vulnerabilidad.
Claudia Quintero, feminista radical y defensora de derechos humanos, encarna este principio de solidaridad al actuar en defensa de Carolina, utilizando su compromiso y experiencia para enfrentar las barreras jurídicas. La Corte Constitucional reconoció que Claudia, aunque no abogada, tiene la capacidad de representar a las víctimas, demostrando que el principio de solidaridad no solo es válido, sino necesario para garantizar que las mujeres puedan acceder a la justicia, especialmente cuando son excluidas del sistema formal.
El fallo refuerza la importancia de que más mujeres se levanten como defensoras de los derechos de otras mujeres, ya sea con herramientas legales, recursos comunitarios o simplemente con su apoyo incondicional. El feminismo ha enseñado que la solidaridad entre mujeres es una poderosa herramienta de transformación social y justicia, algo que la Corte ha reconocido en este caso.
Un Precedente para la Representación de Víctimas de Trata y Vulnerabilidad Extrema
Este reconocimiento no solo es un avance para Carolina, sino también un precedente legal significativo para todas las defensoras de derechos humanos que trabajan incansablemente en la representación de personas en situaciones de vulnerabilidad. La Corte Constitucional reafirma el derecho de las víctimas a ser representadas por agentes oficiosas que, aunque no cuenten con una formación jurídica formal, actúan con compromiso y conocimiento de las condiciones sociales y legales de las víctimas.
La sentencia destaca la importancia de esta representación, particularmente en casos de víctimas de trata, migrantes y personas con discapacidad, quienes enfrentan enormes obstáculos para acceder a la justicia. En este sentido, la Corte establece que el rol de las defensoras no abogadas es clave para "facilitar el acceso a los derechos de aquellas personas que se encuentran en condiciones de exclusión, marginación o extrema vulnerabilidad" (Sentencia T-365 de 2024).
La Agencia Oficiosa y el Principio de Solidaridad
El fallo también resalta el principio de solidaridad feminista como fundamento de la agencia oficiosa en casos de trata de personas y otras situaciones críticas. La Corte Constitucional reconoce que, en situaciones de vulnerabilidad extrema, es el deber de todas las personas, especialmente de otras mujeres, apoyar a las víctimas y garantizar que sus derechos sean protegidos. Esta solidaridad, más allá de la capacidad jurídica, se convierte en una herramienta de transformación y acceso a la justicia.
El caso de Carolina demuestra que cualquier mujer, con las herramientas que tenga a su disposición, puede ser una defensora de derechos humanos. El feminismo ha luchado por la solidaridad entre mujeres, y esta sentencia refuerza la idea de que todas podemos hacer una diferencia en la vida de otras mujeres. La Corte no solo validó la representación de Claudia Quintero, sino que también reconoció el valor de que más mujeres sigan este ejemplo.
Implicaciones para el Sistema de Justicia
El fallo de la Corte Constitucional abre la puerta a una nueva visión en el sistema de justicia colombiano, donde la participación activa de las defensoras de derechos humanos no abogadas es reconocida y valorada. Con el respaldo de la Corte, la Fundación Empodérame continuará empoderando a sus defensoras para que sigan siendo la voz de aquellas personas que han sido marginadas por el sistema.
La Fundación se enorgullece de ser parte de este proceso, donde las defensoras no abogadas son reconocidas por su valiosa contribución a la defensa de los derechos humanos. Este fallo visibiliza la necesidad de que el sistema de justicia reconozca el trabajo de estas defensoras como una herramienta esencial para proteger a las personas más vulnerables del país.
Para más información sobre la Sentencia T-365 de 2024 y el reconocimiento de la agencia oficiosa en la defensa de los derechos humanos, contacte a:Fundación Empodérame
Correo: contacto@empoderame.org
Teléfono: +57 (317) 0788915
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Muy importante el fallo que se obtuvo en favor de las mujeres
Muy importante los trabajos que realizan estás personas