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La Corte Constitucional Sigue Protegiendo a la Población Migrante en Colombia


Resulta relevante para nuestra labor y en especial para la población que atendemos la reciente decisión de la Corte Constitucional que ordena al Ministerio de Relaciones Exteriores y a Migración Colombia definir una ruta accesible para orientar a la población venezolana sobre las alternativas para permanecer legalmente en territorio nacional. Esta medida busca garantizar que los migrantes cuenten con información clara sobre los requisitos y plazos estimados para la resolución de sus solicitudes.


En su fallo, la Corte Constitucional analizó una tutela presentada por 39 ciudadanos y ciudadanas de Venezuela que solicitaban el reconocimiento del estatus de refugio.


Durante el proceso, Migración Colombia expidió salvoconductos que permitieron a los accionantes permanecer de manera regular en el país. No obstante, estos migrantes enfrentaron dilaciones en la resolución de sus solicitudes y exclusiones del Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF), afectando su derecho al trabajo.


La Sala Tercera de Revisión dividió a los accionantes en grupos, determinando que algunos ya habían obtenido el estatus de refugiado, mientras que otros aún enfrentaban vulneraciones en sus derechos al debido proceso y al trabajo.


La Corte concluyó que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Migración Colombia desconocieron los derechos de los solicitantes al retrasar la resolución de sus solicitudes de refugio y no brindar alternativas eficaces para que pudieran trabajar mientras sus solicitudes eran procesadas.


Frente a la protección de mujeres migrantes víctimas de trata, destacamos la importancia de esta sentencia, que refuerza la necesidad de ofrecer mecanismos efectivos para la regularización migratoria y el acceso al trabajo digno. Hemos venido insistiendo que el gobierno del Presidente Gustavo Petro no ha regularizado a las mujeres víctimas de trata de personas en el país desde el inicio de su mandato.


Pueden leer la sentencia en el siguiente enlace

 

Proyección Social

Fundación Empodérame

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